§ 1940.2
Código Civil de California
Ley estatal sobre acoso. Lista conductas específicas que los arrendadores no pueden hacer. Los inquilinos pueden recuperar daños y detener la conducta.
Lo que hacemos
Representamos a inquilinos en cualquier disputa con un arrendador, en todo California. Nunca a arrendadores. Si su arrendador es el problema, es nuestro caso.
La ley que usamos
§ 1940.2
Código Civil de California
Ley estatal sobre acoso. Lista conductas específicas que los arrendadores no pueden hacer. Los inquilinos pueden recuperar daños y detener la conducta.
TAHO
Ordenanza Anti-Acoso de LA
Ley de la Ciudad de LA. Va más allá de la ley estatal y cubre más situaciones. Añade derecho privado de acción y penalidades más fuertes.
LARSO
Ordenanza de Estabilización de Rentas LA
Ciudad de LA. Limita aumentos anuales, requiere causa justa para desalojo, cubre la mayoría de edificios multifamiliares construidos antes del 1 de octubre de 1978.
Tenant Protection Act
California AB 1482
Estatal. Limita aumentos anuales al 5% más inflación (aprox. 8% en 2026 para LA). Aplica a la mayoría de rentas no cubiertas por ordenanzas locales más estrictas.
§ 12955
Código de Gobierno de California
La Ley de Empleo y Vivienda Justos (FEHA). Hace ilegal que un arrendador lo trate diferente por raza, situación familiar, discapacidad, fuente de ingresos u origen nacional.
§ 1941.1
Código Civil de California
La garantía de habitabilidad. Su hogar tiene que ser habitable. Establece las condiciones básicas que un arrendador está obligado a mantener.
Qué incluye
La mayor parte de nuestro trabajo cae en un puñado de situaciones. No es una lista cerrada. Si su arrendador es el problema, empiece con una llamada.
Avisos sin culpa, ofertas de dinero por llaves, y presión para irse. Sepa lo que le corresponde antes de firmar o mudarse.
Cierres ilegales. Servicios cortados. Violaciones de privacidad. Represalias. Juegos con el depósito. Si un arrendador se lo está haciendo, probablemente es algo que manejamos. Llame y se lo diremos con certeza, sin costo.
“Solo representamos a inquilinos. Nunca a arrendadores, ni a empresas administradoras, ni a propietarios. Un solo lado de cada caso, de principio a fin.”
¿No está seguro de si es algo que manejamos?
Llame. Si su arrendador es el problema, probablemente es nuestro caso, y se lo diremos con certeza en la primera llamada, sin costo.
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