Guía de Aumento de Renta
¿Puede mi arrendador subir mi renta más del 10 por ciento?

Información general. No es asesoría legal. Esta página explica las reglas de aumento de renta de California y Los Ángeles vigentes en 2026. Los números cambian cada año. Si quiere saber qué hacer en su caso específico, llámenos.
Tres leyes. Una de ellas es la suya.
Los topes de renta en el área de LA vienen de tres leyes distintas. La mayoría de los inquilinos caen bajo una de ellas. Algunos caen bajo más de una. Algunos quedan fuera de las tres.
- 1. La Ordenanza de Estabilización de Rentas de Los Ángeles (LARSO, también llamada el RSO). Aplica dentro de la Ciudad de LA. Cubre la mayoría de los edificios multifamiliares construidos antes del 1 de octubre de 1978. A partir de febrero de 2026, el tope anual de aumento de renta es del 3 por ciento. Los aumentos anuales mayores al tope requieren una razón legal específica, por escrito, y la mayoría de las razones que citan los arrendadores no califican.
- 2. La Ordenanza de Causa Justa de Los Ángeles (JCO). Aplica en las áreas no incorporadas del Condado de LA (áreas del condado fuera de cualquier ciudad). El lado del tope de renta sigue la ley estatal (AB 1482, abajo) en vez de un tope local separado.
- 3. La Ley de Protección al Inquilino de California, o AB 1482. Una ley estatal de California. Limita los aumentos anuales de renta al 5 por ciento más el Índice de Precios al Consumidor local, con un techo del 10 por ciento. En el área de LA para 2026, eso sale a aproximadamente 8 por ciento.
Si vive en otra ciudad del área de LA (Santa Mónica, West Hollywood, Pasadena, Long Beach), su ciudad probablemente tiene su propia ordenanza local de renta con su propio número. Vea nuestras páginas de control de renta por ciudad.
Verificación rápida
Para tener una idea aproximada de cuál ley le aplica, pregunte en orden:
- ¿Está su edificio dentro de la Ciudad de LA y fue construido antes del 1 de octubre de 1978? Lo más probable es que aplique LARSO. Tope 2026: 3 por ciento.
- ¿Está su edificio en otra ciudad del área de LA con su propia ordenanza de renta? Aplica la ordenanza de su ciudad. Vea nuestras páginas de ciudades.
- ¿Está su edificio en el área no incorporada del Condado de LA? Aplica la JCO en cuanto a causa justa, y AB 1482 fija el tope de renta. Tope 2026: aproximadamente 8 por ciento.
- ¿Está su edificio en otra parte del Condado de LA y tiene al menos 15 años? Probablemente aplica AB 1482. Tope 2026: aproximadamente 8 por ciento.
- ¿Es su edificio una casa unifamiliar o condominio de propiedad individual con un aviso escrito de exención en su contrato de arrendamiento? Puede que esté exento de AB 1482.
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Tres preguntas. Le diremos el máximo legal que su renta puede subir en 2026, basado en cuál ley de California cubre su unidad.
LARSO, en lenguaje claro.
LARSO es la ley de tope de renta más fuerte que aplica a la mayoría de los inquilinos de LA. Esto es lo que hace:
- Tope anual. A partir de febrero de 2026, su arrendador puede subir su renta hasta un 3 por ciento en un período de 12 meses. La antigua transferencia del 1 por ciento por servicios públicos se eliminó en 2025.
- Un aumento por año. Incluso dentro del tope, su arrendador solo puede subir su renta una vez en una ventana de 12 meses.
- Aviso por escrito requerido. El aumento debe entregarse por escrito, en un formulario específico, con un número específico de días de aviso.
- Causa justa para desalojar. LARSO limita las razones por las cuales su arrendador puede pedirle que se vaya. No se permite una terminación sin causa.
- Aumentos acumulados. Las reglas actuales limitan estrictamente cuánto de un aumento acumulado se puede aplicar en un solo año. Si su arrendador cita una razón de aumento acumulado para un número más alto, pida las matemáticas completas.
Si su arrendador subió su renta más del 3 por ciento en 2026 en una unidad cubierta por LARSO, ese aumento es casi seguramente inválido, y puede tener derecho a recuperar el sobrepago.
AB 1482, en lenguaje claro.
AB 1482 es el tope de renta a nivel estatal de California. Aplica a la mayoría de las unidades de alquiler que no están ya cubiertas por una ordenanza local de renta más estricta, y que no están exentas.
- Tope anual: 5 por ciento más el CPI local, con un techo del 10 por ciento. Área de LA 2026: aproximadamente 8 por ciento.
- Un aumento por cada 12 meses.
- Causa justa para desalojar después de 12 meses de tenencia.
- Aplican las reglas estándar de aviso de aumento de renta de California.
Exenciones (la parte que los arrendadores a veces se equivocan)
AB 1482 tiene exenciones específicas. Las comunes:
- Casas unifamiliares o condominios de propiedad individual (no corporaciones). El dueño tiene que dar al inquilino un aviso escrito de exención en el contrato de arrendamiento.
- Construcción nueva (de menos de 15 años). Se cuenta desde el certificado de ocupación, no desde cuando inició el contrato.
- Algunas otras situaciones (algunas ADUs, ciertas viviendas sin fines de lucro, ciertas unidades con subsidio gubernamental).
Un arrendador que reclama una exención pero no siguió las reglas de aviso usualmente no está realmente exento.
Todavía tiene derechos, aunque esté exento.
Una unidad verdaderamente exenta significa que no hay tope en cuánto puede su arrendador subir la renta. Pero "sin tope" no significa "sin reglas". Aún tiene:
- Protección de aviso. Cualquier aumento mayor al 10 por ciento requiere 90 días de aviso por escrito. Aumentos del 10 por ciento o menos requieren 30 días de aviso.
- Protección contra discriminación. Un arrendador no puede subir la renta de una manera que apunte a categorías protegidas. Esto aplica en cada unidad.
- Protección contra represalias. Un arrendador no puede subir la renta porque usted se quejó, ejerció derechos, o contactó a un abogado. (California Civil Code 1942.5.)
Pasos prácticos, hoy.
No necesita un abogado para hacer la mayoría de estos. Empiece con los pasos pequeños y suba desde ahí.
- Lea el aviso con cuidado. Confirme la fecha de entrega, el monto nuevo, la fecha efectiva, y si cita una base legal específica. Guarde una copia.
- Identifique cuál ley aplica a su unidad. Use la verificación rápida arriba.
- Haga las matemáticas. Calcule su renta actual por el porcentaje del tope. Si la renta nueva excede el resultado, el aumento está sobre el tope.
- Póngalo por escrito. Envíe una respuesta escrita a su arrendador citando la ley que cree que aplica. Guarde una copia.
- No deje de pagar la renta antigua. Siga pagando la renta que pagaba antes del aumento, a tiempo.
- No firme nada nuevo. Si su arrendador le pide firmar un contrato nuevo u oferta de compensación, no firme hasta que lo haya revisado alguien.
- Presente una queja con su departamento de vivienda. Para unidades LARSO en la Ciudad de LA, presente con LAHD.
- Llame a un abogado si quiere ayuda.
Cuándo deja de ser un problema de papeleo.
La mayoría de las disputas de tope de renta se resuelven sin un abogado. La respuesta escrita, la queja al departamento de vivienda, y las matemáticas usualmente son suficientes.
Vale la pena llamar a un abogado de inquilinos cuando:
- El arrendador se negó a retirar el aumento después de que usted lo puso por escrito.
- El arrendador tomó represalias después de que usted se quejó.
- El monto del sobrepago es significativo.
- Le están pidiendo firmar algo que no entiende completamente.
- Está en un edificio donde múltiples inquilinos están recibiendo el mismo mal aumento.
Si no podemos ayudar, le decimos, y le indicamos a alguien que sí puede.
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Ordenanza de Estabilización de Rentas de LA (RSO)
La ley de tope de renta más fuerte de la ciudad. Tope 2026: 3 por ciento.
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Preguntas comunes.
Si su edificio tiene renta estabilizada, el tope de 2026 es del 3 por ciento. Si en cambio le aplica el tope estatal, es de aproximadamente el 8 por ciento en el área de Los Ángeles. Si el aumento supera el tope que le corresponde, la ley está de su lado.
Una conversación puede cambiar lo que pasa después.
Contestamos el teléfono, miramos el aumento que le dieron, y le decimos si se sostiene. Si no se sostiene, le ayudamos a impugnarlo. Si se sostiene, también se lo decimos.